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1. ¿Qué es la OCDE?
La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), establecida en 1961, agrupa a 31 países industrializados comprometidos con la democracia y la economía de mercado. En mayo de 2010, Israel, Estonia y Eslovenia fueron invitados a convertirse miembros de la OCDE, aumentando el número de países miembro a 34.
Los órganos de la OCDE son el Consejo, el Comité Ejecutivo y los Comités Temáticos. Sus principales objetivos son apoyar el desarrollo económico sustentable, impulsar el empleo, aumentar los estándares de vida, mantener estabilidad financiera, asistir a otros países en su desarrollo económico y contribuir al crecimiento del comercio mundial. La OCDE provee un foro para que los países miembros encuentren soluciones a problemas compartidos mediante la coordinación de políticas internas e internacionales. Además, realiza informes sobre las tendencias económicas y sociales en temas como comercio, medio ambiente, tecnología y corrupción.
2. ¿Qué es la Convención anti-cohecho de la OCDE?
La Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales (Convención anti-cohecho) de la OCDE señala las obligaciones para los gobiernos, las empresas y la sociedad civil de los Estados miembro, para adoptar e implementar mecanismos para prevenir, detectar y sancionar la infracción cometida por toda persona física o jurídica que, en transacciones comerciales internacionales, directamente o mediante intermediarios, de o prometa gratificaciones a un servidor público extranjero para que actúe o se abstenga de actuar en relación con el ejercicio de funciones oficiales. Este objetivo está definido en el Artículo 1° de la Convención.
Antes de adoptar la Convención anti-corrupción de la OCDE, los Estados miembro de la OCDE prefirieron adoptar en mayo de 1997 un instrumento jurídico no vinculante, la Recomendación revisada del Consejo sobre el combate al cohecho en las transacciones comerciales internacionales. La Convención nació a raíz de la Recomendación.
En mayo de 2009, se adoptó la Recomendación del Consejo de la OCDE en contra de la deducibilidad fiscal de los sobornos en las transacciones comerciales internacionales que junto a la Recomendación para reforzar el combate al cohecho en las transacciones comerciales internacionales de noviembre de 2009 y a la Convención anti-cohecho de la OCDE forman los tres instrumentos del dispositivo anti-corrupción de la OCDE
Esta Convención fue adoptada en 1997 por la Conferencia negociadora de la OCDE, y a principios del año 2010 ha sido ratificada por 38 Estados (los países miembros de la OCDE más Sudáfrica, Argentina, Brasil, Bulgaria, Estonia, Israel y Eslovenia). México ratificó la Convención el 22 de abril de 1999 y entró en vigor para él el 26 de julio de 1999.
Documentos relacionados:
Texto de la Convención y documentos complementarios
Recomendación del Consejo de la OCDE en contra de la deducibilidad fiscal de los sobornos en las transacciones comerciales internacionales del 25 de Mayo de 2009 (en inglés)
Recomendación para reforzar el combate al cohecho en las transacciones comerciales internacionales del 26 de noviembre de 2009 (en inglés)
Ratificaciones (Inglés)
3. Cronología Convención anti-cohecho de la OCDE
21 de noviembre de 1997 |
México firmó la CICC |
17 de diciembre de 1997 |
La Conferencia negociadora de la OCDE adopta la Convención Anti-cohecho
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15 de febrero de 1999 |
México firma la Convención |
22 de abril de 1999 |
La Convención entra en vigor |
27 de mayo de 1999 |
El Senado Mexicano ratifica la Convención |
26 de julio de 1999 |
La Convención entra en vigor para México |
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